El 19 de diciembre de 2025 recibimos respuesta a la acción de Nulidad concedida por el Tribunal de Arbitramento Obligatorio (TAO) a ORGANISA e INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A E.S.P.(ISA) el 15 de agosto de 2025, sobre el Laudo Arbitral emitido por este tribunal el 21 de julio de 2025. Acción de Nulidad que fue enviada a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para que surta el trámite respectivo.
La Corte Suprema de Justicia en Sentencia SL2450-2025 del 13 de noviembre de 2025, presenta un análisis de las reclamaciones de ORGANISA e ISA y resuelve NO anular, ni modular, ni devolver las disposiciones del Laudo Arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento.
En términos muy generales, el Tribunal de Arbitramento otorgó a ORGANISA todos los beneficios del actual Pacto Colectivo de ISA fundamentado en que ya no tenemos afiliados activos en ISA, a excepción del Articulo del Campo de Aplicación en donde obtuvimos una gran victoria, toda vez que podrán afiliarse a ORGANISA los trabajadores de Régimen de Salario Ordinario (51%) y del Régimen de Salario Integral (49%), cosa que no es posible en el actual Pacto Colectivo de ISA. Adicionalmente, el Tribunal reconoció la representatividad, importancia y proyección de ORGANISA, obligando a ISA a pagarle al Sindicato un Auxilio Sindical de 20 Salarios Mínimos por cada año de vigencia, tenga o no tenga afiliados en ISA.
Lo anterior significa que la Organización Sindical ORGANISA cuenta con un Laudo Arbitral en ISA, que para todos los efectos significa que tiene una Convención Colectiva en ISA. Dicha Convención Colectiva tiene vigencia de dos (2) años, es decir hasta 21 de julio de 2027.